Un paso hacia Gilead

El fallo sobre el aborto emitido por la Corte Suprema estadounidense amenaza a numerosos derechos civiles en ese país y repercute en distintos puntos del planeta. Los fundamentos esgrimidos y la conformación mayoritariamente ultraconservadora del Tribunal hacen temer nuevos avances contra derechos civiles.

Foto: John Flood. Permiso para uso no comercial y sin trabajos derivados (CC BY-NC-ND)

La Corte Suprema norteamericana resolvió el viernes último mantener la prohibición del aborto luego de 15 semanas de embarazo que había sido dispuesta por el Estado de Mississipi. La decisión implicó la anulación de los fallos anteriores de ese cuerpo en los casos conocidos como “Roe vs Wade” (1973) y “Parenthood vs Casey” (1992),  que habían protegido el derecho a la interrupción del embarazo en todo el territorio estadounidense. 

A partir  de esta decisión, las regulaciones quedarán a cargo de cada Estado. De hecho, en virtud de normas “gatillo” preexistentes, el aborto ha quedado prohibido al menos en Texas y Misuri, aunque se estima que en breve la restricción se extenderá a Utah, Dakota del Sur, Oklahoma, Arkansas, Luisiana, Alabama y Kentucky, a las que seguirán por lo menos otros 8 Estados (véase , y )

El responde al caso denominado “Dobbs vs Jackson Women’s Health Organization”, originado en la demanda presentada por la institución contra el funcionario de salud del Estado de Mississipi Thomas Dobb, debido a la decisión de las autoridades de prohibir el aborto luego de las 15 semanas de gestación. 

La anulación de “Roe vs Wade” contó con los votos de Clarence Thomas, Samuel Alito Jr., Neil Gorsuch, Brett Kavanaugh y Amy Coney Barret. Los dos primeros llegaron al tribunal de la mano de George Bush y los otros tres fueron designados en la gestión de Trump. (véase ). El texto que finalmente acordó la mayoría 

Los magistrados conservadores sostuvieron en la sentencia que no hay fundamentos que permitan considerar que el aborto es un derecho protegido constitucionalmente, señalando que no figura en la letra de la Constitución ni tiene un fuerte arraigo histórico, postura que sostienen a partir de notar que hasta 1868 la gran mayoría de los Estados criminalizaban la práctica en cuestión. Para los magistrados, el hecho de que la Enmienda constitucional en la que se basó el fallo de Roe vs Wade haya surgido en ese contexto histórico, habilita a desconocer la protección del derecho al aborto.

El caso “Roe vs. Wade”

Un fallo crucial anulado el viernes último fue el referido a una demanda interpuesta en 1963 por una mujer de Texas -conocida como “Jane Roe” por razones de privacidad- contra las leyes de Texas que impedían el aborto salvo en caso de riesgo de vida para la persona gestante. 10 años más tarde, la Corte Suprema de entonces consideró que el derecho a abortar estaba amparado constitucionalmente por la Decimocuarta Enmienda, referida a Ciudadanía, Debido Proceso y Protección Igualitaria.

Aquella resolución volvió nulas a numerosas leyes antiabortistas en todo el territorio estadounidense.

La nueva sentencia posibilita la vuelta de esas normas y el establecimiento de otras que restrinjan o impidan la interrupción del embarazo.

Rechazos en USA y en el resto del mundo

El fallo del máximo tribunal federal estadounidense provocó fuertes protestas en ese país, y recibió el rechazo de organismos de Derechos Humanos y personalidades norteamericanas y del resto del mundo.

Stephane Dujarric, portavoz de Antonio Guterres (Secretario General de la ONU) señaló que restringir el acceso a la interrupción del embarazo “no evita que la gente busque el aborto, sólo lo hace más mortal”.

Por su parte, el titular de la Organización Mundial de la Salud, Thedros Ghebreyesus, que está “muy decepcionado” por la decisión ya que los derechos de las mujeres “deben protegerse” y que esperaba que Norteamérica lo hiciera.

El organismo de Derechos Humanos Aminstía Internacional criticó la decisión a través de un , actual Directora en USA de Programas, Incidencias y Asuntos Gubernamentales de la organización mencionada. La referenta señaló que en ese país, una de cada cuatro mujeres se somete a un aborto a lo largo de su vida, y que la anulación del derecho a abortar ejecutado por la Corte culmina una campaña de décadas “dirigida a controlar los cuerpos de mujeres, niñas y demás personas susceptibles de quedarse embarazadas”. 

Por su parte, Amanda Klasing (Human Right Watch) que el acceso al aborto “es un derecho crucial para garantizar un amplio espectro de otros derechos humanos, que incluyen los derechos a la vida y la seguridad de la persona, la privacidad, la no discriminación y la libertad frente a tratos crueles, inhumanos o degradantes, entre otros”. La referenta de la organización de DDHH con sede en Nueva York también calificó a  la decisión del tribunal estadounidense como “un revés” para los derechos de las mujeres, señalando además que va en sentido contrario de pactos internacionales firmados por esa nación. 

La decisión del máximo tribunal federal ha generado un nuevo escenario, que la legisladora neoyorkina Ocasio-Cortez como “crisis de la democracia” en el país. En todo el territorio hubo movilizaciones y actividades en defensa de los derechos reproductivos, según el Servicio de Radiodifusión Pública estadounidense (NRP). 

DIstopía cercana 

Foto: usuario CKNight70 en Flickr. Permitido su uso con atribución al autor

Hay indicios de que este fallo marca el comienzo de una avanzada contra los derechos de mujeres y disidencias. Es lo que sugiere , abriendo la puerta a reconsiderar “todos los precedentes sustantivos del debido proceso de esta Corte”, aludiendo específicamente a resoluciones anteriores referidas al matrimonio entre personas del mismo sexo (“Obergefell v. Hodges”), el derecho de las parejas a adoptar el método anticonceptivo que deseen (“Griswold vs Connecticut”) y la inconstitucionalidad de establecer sanciones a la sodomía (“Lawrence vs Texas”).

En el mismo sentido, 3 de lxs jueces que se pronunciaron contra la anulación del fallo “Roe vs Wade” (Stephen Brewer, Sonia Sotomayor y Elena Kagan) advirtieron que el derecho afectado por la decisión “no está solo” y que la propia Corte lo ha vinculado a otros que se refieren a “la integridad corporal, las relaciones familiares y la procreación”.

La fundamentación de la postura mayoritaria del Tribunal desestima que las mujeres se encuentren en desventaja respecto del poder político, señalando que “no carecen de poder electoral” ya que el porcentaje de mujeres inscritas en los padrones correspondientes suele ser superior a la de hombres. La posición de la minoría, en cambio, cuestiona la perspectiva impuesta según la cual la Constitución debe leerse en la actualidad en los mismo términos que cuando fue creada, lo que “consigna a las mujeres como ciudadanas de segunda clase”.

La proliferación de normas restrictivas sobre los derechos de las mujeres, sumado a los indicios mencionados antes y en un contexto de crisis de alcances imprevistos, recuerda sin dudas a la novela distópica de Margaret Atwood “El Cuento de la Criada”, donde se describe un futuro en el que Estados Unidos -que adopta el nombre de «Gilead»- se sumerge en un poder teocrático que condena a las mujeres a un papel meramente reproductivo, castiga a las disidencias, elimina la libertad de expresión y cercena los derechos civiles. 

El fallo de la Corte muestra que no se necesita de un golpe de Estado -como ocurre en la novela citada- para formatear una sociedad más opresiva que la actual.

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